El Congreso de la República aprobó
hoy con 111 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones la ley de reforma
constitucional que habilita la imprescriptibilidad de los delitos de
corrupción.
Como antecedentes a esta iniciativa; en el 2001 se presentó doce
proyectos sobre la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción; sin
embargo, fueron intentos fallidos. Hoy después de dieciséis años; lo aprobó el
Parlamento, haciendo la modificatoria en el artículo 41 de la Constitución
Política; planteando lo siguiente: “El plazo de prescripción de la acción penal
se duplica en caso de los delitos cometido contra la Administración Pública o
el Patrimonio del Estado, tanto para los funcionarios o servidores públicos
como para los particulares. La Ley establece la imprescriptibilidad en los supuestos
graves o recurrentes”
Pero, aún tendrá que evaluarse respecto a los tipos penales que se
aplicará y también deberá modificarse el Código Penal, para hacerse efectiva
las figura. Hasta el momento, según el presidente de la Comisión de la Constitución,
Miguel Torres; mencionó que “los delitos
de asociación ilícita para delinquir, cohecho (soborno), peculado o colusión
podrían ser imprescriptibles, pero será necesario que las propuestas sean
debatidas en el Pleno del Congreso en la próxima legislatura.”
Otro punto a resaltar, es que no se aplicará a funcionarios
públicos involucrados en casos polémicos conocidos; ya que esta reforma constitucional
no tiene efectos retroactivos.
Por último, cabe señalar que al ser una ley de reforma constitucional;
necesita una segunda votación en el Parlamento (Próxima legislatura); siendo su
próxima legislatura el 27 de julio de este año. En ese sentido dependerá de la
siguiente Mesa Directiva determinar cuándo se someterá esta norma a la segunda
votación. Esperemos que esta iniciativa se llega a concretar para hacerse de
alguna forma frente a la corrupción en casos futuros.
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